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ADMINISTRACION PUBLICA Y DEUDA FISCAL DEL CONCURSADO TRAS LA REFO RMA DE 2011

ISBN: 9788447041183
La finalidad de la monografía Administración pública y deuda fiscal del concursadotras la reforma de 2011 es la de analizar y valorar los aspectos en los que ha incididola reforma en esta materia, reflexionando en torno a la necesidad, conveniencia y eficaciade la misma, reforma que ha afectado básicamente y en algunos puntos de formasustancial a los créditos tributarios contra la masa, a los efectos de la declaración delconcurso sobre los créditos, a lacomunicación y reconocimiento de los créditos tributariosconcursales (especialmente en relación a los créditos derivados de procedimientosadministrativos de comprobación e inspección) y a la clasificación de los créditosconcursales (especialmente en materia de excepciones a la subordinación por comunicacióntardía).Tras la reforma de 2011, la Administración tributaria seguirá previsiblemente defendiendosu mal denominado privilegio de ejecución separada al margen del concurso ysin sujeción a la LC, eso sí, respecto a los bienes ya embargados no necesarios para lacontinuidad de la actividad del concursado, pero es que, además, si conoce (que laconocerá) la comunicación de negociaciones (ex art. 5 bis LC), probablemente aprovecheestos 4 meses para embargar y ganar esta preferencia e, incluso, ejecutar ycobrar antes de la entrada en concurso (en el caso de que la situación de insolvenciano se haya resuelto). Si se suspende la ejecución y los bienes embargados dejan de sernecesarios pretenderán, además, la venta del bien para cobrarse con lo obtenido. Porotra parte, la ley les permite seguir generando recargos y acumulando crédito (inclusoen relación con los créditos contra la masa) y probablemente defiendan la posibilidadde apremiar y ejecutar estos créditos. Ello sin contar con que, además, la providenciade apremio como documento con fuerza ejecutiva les exonerará de la postergación delcrédito aunque este debiera considerarse subordinado por comunicación tardía. Por sitodo esto fuera poco se les permite, además, poder iniciar procedimientos de comprobacióne inspección y «comunicar» créditos hasta muy avanzado el proceso aunqueello implique la modificación de los textos «definitivos» y sin que, en ningún caso, loscréditos resultantes puedan considerarse subordinados. Bastan estas reflexiones paraver que la reforma de 2011 no acabará con la litigiosidad relativa al crédito público,sino todo lo contrario, por lo que este libro puede ser del máximo interés para cualquierpersona que se dedique o pretenda dedicarse al mundo concursal o que, por circunstanciasajenas a su voluntad, se encuentre inmersa en él.